



El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 5, a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría N° 10 a mi cargo, sito en Av. Roque Saenz Peña 1211, Piso 8° de esta Ciudad, hace saber que por ante dicho Juzgado tramita el proceso colectivo caratulado “Consumidores Damnificados Asociación Civil c/ Israel Feller S.A. (Sportline) s/ Ordinario (Expte N° 17736/2015)”, con intervención de la Fiscalía en lo Civil y Comercial N° 2 en donde se ha dispuesto poner en conocimiento de los interesados que se ha promovido esta acción colectiva que involucra a todos los clientes de la demandada que adquirieron productos con tarjeta de crédito en cuotas y se les hubieran facturado los intereses como un rubro más en el ticket sin información al respecto. El objeto de la presente acción consiste en: 1) Se ordene a la demandada el cese y la abstención en el futuro de realizar operaciones financiadas con tarjeta de crédito sin cumplir con los requisitos de información previstos por la Ley 24.240 toda vez que recurre a un “recargo general” (facturando los intereses como un rubro más en el ticket sin ningún otro tipo de información respecto de la financiación que se está contratando); 2) Se haga efectiva la sanción prevista por el art. 36 L.D.C. en relación al deber de información aplicando la tasa pasiva de interés anual promedio del mercado difundida por el B.C.R.A. a todas las operaciones realizadas por la demandada, realizando las devoluciones correspondientes en dinero en efectivo o acreditando el importe al capital de las operaciones pendientes. Y, en relación a los clientes no localizados, que deposite los importes que les corresponderían en una cuenta judicial a nombre de este Juzgado; 3) Oportunamente, se publique la sentencia a costa de la demandada; 4) Se sancione a la accionada bajo la figura del daño punitivo. El artículo 54 de la Ley N° 24.240 (texto según Ley N° 26.361) establece: “La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia (…)”. En consecuencia, a quellos clientes o ex clientes de Israel Feller S.A. podrán abstenerse a la cosa juzgada que resulte de la sentencia, conforme normativa vigente. Hágase saber que la asociación actora es Consumidores Damnificados Asociación Civil, cuyo contacto es: consumidoresdamnificados@gmail.com Teléfono: +54 9 11 6884 0597, de lunes a viernes de 09:00 hs a 13:00 hs.
MARINA MEIJIDE CASTRO SECRETARIA

